Apuestas deportivas internacionales en 2026: 136 sitios y ningún registro público que los liste
Una casa de apuestas que aparece en los resultados de búsqueda no es, por ese solo hecho, una casa autorizada. En México la actividad con apuestas está prohibida salvo lo que la ley autoriza expresamente, y el artículo 2 del Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos —reformado el 16 de noviembre de 2023— cierra la puerta del otro lado: lo que no está previsto de manera expresa, no se puede hacer. Ese detalle tan corto, una frase en un reglamento, decide qué protecciones tiene un aficionado cuando deposita su quincena en un sitio que no tiene permiso. Y decide, sobre todo, qué pasa con ese dinero el día que el sitio deja de cargar.

Datos actualizados al 6 noviembre 2026; los números de permiso declarados por cada marca se revisaron contra el pie de página del propio operador y contra las compilaciones públicas que citan a la Dirección General de Juegos y Sorteos, cuyas listas oficiales no pudieron abrirse para confirmarlos.
- Lo que cuesta elegir a ciegas: la comparación de las nueve marcas con permiso declarado
- Cómo funciona el permiso mexicano y por qué no existe una licencia en línea
- Legalidad, bloqueos e impuestos: lo que la fecha cambia en el momio y en el retiro
- Prevención: qué hacer cuando la casa no te va a frenar
- Las nueve marcas con permiso de la SEGOB, una por una
- Preguntas frecuentes sobre las apuestas deportivas internacionales
Lo que cuesta elegir a ciegas: la comparación de las nueve marcas con permiso declarado
El primer costo no es el depósito. Es la información. Un aficionado que busca “apuestas deportivas internacionales” y aterriza en un comparador encuentra diez listas distintas, cada una con números de permiso diferentes para la misma marca, y ninguna con el sello de la autoridad. La Dirección General de Juegos y Sorteos debería publicar la lista de sitios autorizados; el propio Congreso pidió entre mayo y julio de 2026 que ese registro fuera abierto, y los conteos públicos de sitios de apuestas se contradicen entre sí: un reporte habla de 136 páginas de apuestas y otro de entre 30 y 35 operadores digitales en dominios .mx. Con esa materia prima, cualquier tabla es una reconstrucción, no una certificación.
Por eso la comparación de abajo es incómoda a propósito. La segunda columna dice exactamente lo que dice la fuente de cada número —“según…, no confirmado oficialmente”— y la tercera recoge lo que la propia ficha o el pie de página de la marca afirman sobre su oferta y sus condiciones.
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| Marca | Permiso de la SEGOB, tal como lo declara la fuente | Lo que afirma la propia marca sobre su oferta y sus condiciones |
|---|---|---|
| Novibet | SEGOB DGJS/DCRCA/1121/2020, titular Comercial de Juegos de la Frontera S.A. de C.V., según casasdeapuestaslegales.mx, no confirmado oficialmente | Sin línea propia sobre este punto en las fuentes consultadas |
| 1xBet | SEGOB DGJS/0002/2020, titular Entretenimientos Naturales, según un comparador de apuestas, no confirmado oficialmente; ese medio no pudo confirmar el dominio 1xbet.mx ni la lista oficial | La ficha de la App Store registra la aplicación a nombre de 1XCorp N.V., una empresa distinta de la titular citada |
| Betcris | Permiso de la SEGOB de su permisionario, sin número impreso: la cifra del pie de página de la marca y la de la compilación no coinciden; titular citado Producciones Móviles | Explica en su pie de página que el permiso está a nombre de Producciones Móviles, S.A. de C.V. y que opera junto con Paradise Riviera Gaming, S.A. de C.V. según el oficio DGJS/405/2018; declara que los juegos con apuestas están estrictamente prohibidos para menores de edad y no se promocionan a menores de 18 |
| Caliente | SEGOB DGG/SP/404/97, mostrado en el pie de página del propio sitio, no confirmado oficialmente; operadora del sitio Tecnología en Entretenimiento Caliplay, S.A.P.I. de C.V. | Su pie de página indica que los juegos con apuestas están prohibidos para menores de edad, pide divertirse con responsabilidad y enlaza una sección de juego responsable |
| Codere | Permisos SEGOB DGJS/1018/2015 y DGJS/234/2019, titular Libros Foráneos S.A. de C.V., según un comparador de apuestas, no confirmado oficialmente | La ficha de su aplicación dice que opera con permiso de la SEGOB, limita el uso a mayores de 18 años e incluye avisos de juego responsable y políticas de cierre de cuenta |
| Playdoit | SEGOB DGAJS/SCEVF/P-02/2005, titular Eventos Festivos de México, según casasdeapuestaslegales.mx, no confirmado oficialmente | Sin línea propia sobre este punto en las fuentes consultadas |
| Strendus | Permisos SEGOB DGJS/075/2018, DGJS/2801/2021 y DGJS/DCRCA/2321/2021, titular citado Atracciones y Emociones Vallarta o New Ads —las compilaciones difieren—, según casasdeapuestaslegales.mx, no confirmado oficialmente | Sin línea propia sobre este punto en las fuentes consultadas |
| Pickwin | Permiso de la SEGOB de su permisionario, sin número impreso: las fuentes se contradicen; titular citado Producciones Móviles S.A. de C.V. con Unocapali La Paz Operadora | Sin línea propia sobre este punto en las fuentes consultadas |
| Betway | SEGOB 4184, titular Espectáculos Deportivos Frontón México S.A. de C.V., según casasdeapuestaslegales.mx, no confirmado oficialmente | Sin línea propia sobre este punto en las fuentes consultadas |
Las tres celdas de “sin línea propia” no son un descuido de la tabla: son el resultado de leer fichas de tienda de aplicaciones y pies de página que hablan de edad mínima, de juego responsable y de cierre de cuenta, pero no de la oferta deportiva. Un lector que quiera saber cuántos mercados de hándicap tiene Playdoit tendrá que abrir su programa de apuestas y contarlos él mismo. Esa es la parte del trabajo que ningún comparador le va a hacer.
Hay un detalle material en la primera columna, y conviene leerlo despacio. El mismo número DGAJS/SCEVF/P-06/2005-TER que una compilación atribuye a Pickwin es el que el pie de página de Betcris muestra a nombre de Producciones Móviles, S.A. de C.V. No es un error de dedo: un permisionario puede operar varias marcas, y el permiso mexicano solo ampara a su titular. Cuando dos marcas distintas aparecen bajo el mismo número, el aficionado que quiere saber quién le responde tiene que preguntar quién es el titular, no quién es la marca.
Lo que la tabla no puede decir es lo más caro de todo. Ninguna de las nueve marcas tiene su permiso confirmado por la autoridad en esta comparación, porque la lista pública no está disponible. Eso no convierte a las nueve en irregulares —tampoco las convierte en autorizadas—. Convierte la verificación en un trámite personal: abrir el pie de página del sitio, anotar el número, buscar el nombre del titular y desconfiar del comparador que recorta esa parte.
Cómo funciona el permiso mexicano y por qué no existe una licencia en línea
La Ley Federal de Juegos y Sorteos se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1947. En ese texto, los juegos de azar y las apuestas están prohibidos en todo el país, y solo quedan a salvo los que la propia ley autoriza. El mecanismo que convierte esa prohibición en una industria es el permiso: un acto administrativo temporal que la Secretaría de Gobernación otorga a un permisionario, según el artículo 3 del Reglamento. La autoridad que resuelve, controla, supervisa, modifica y extingue permisos es la Dirección General de Juegos y Sorteos.
El vocabulario importa. En México no se habla de licencia, se habla de permiso. Los dos tipos de permiso relevantes para el aficionado son los centros de apuestas remotas y las salas de sorteos de números o símbolos, según el artículo 28 del Reglamento. Los titulares de permisos de hipódromo, galgódromo o frontón pueden obtener permisos complementarios para apuestas remotas. Y el artículo 31 remata con una regla que pocos leen: los permisos son intransferibles y no pueden cederse ni comercializarse. Un permiso mexicano solo ampara a su titular, y ese es el dato que desarma la confusión de dos marcas bajo un mismo número.
Falta la pieza que explicaría por qué el buscador devuelve cientos de páginas y no treinta. Ninguna ley mexicana nombra las apuestas en línea. La práctica que se reporta es que los sitios no pueden tener un permiso digital independiente y quedan amarrados al titular de un permiso presencial autorizado, de modo que muchas marcas extranjeras operan con un permisionario local. Un lector puede hacer el ejercicio con la palabra clave: los dominios “internacionales” que aparecen en los resultados no son, en su mayoría, titulares de nada.
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El otro dato que sostiene el conjunto es el artículo 2 del Reglamento: la actividad de apuestas y sorteos que no está prevista de manera expresa queda prohibida. No es una regla de estilo. Es una regla de carga de la prueba invertida, y le cuesta al aficionado la comodidad de asumir que lo que existe es legal. Del lado de la autoridad, el artículo 8 de la ley permite a la Secretaría de Gobernación clausurar los establecimientos que operen sin permiso, y el artículo 9 prohíbe que cualquier local de apuestas esté cerca de escuelas o centros de trabajo. Los estados y municipios cooperan con la federación según el artículo 10.

Lo que un permiso sí compra es una lista de comprobaciones que no se ven en la pantalla de inicio. El artículo 29 del Reglamento obliga a los permisionarios de apuestas remotas a entregar cuentas trimestrales y anuales auditadas, a contratar un seguro, a presentar reportes sobre operaciones sospechosas de lavado de dinero y a otorgar un billete de fianza. Alrededor de esa obligación se ordena todo lo demás: la verificación de identidad, el reporte de operaciones relevantes a la UIF y al SAT —el juego es una actividad vulnerable conforme a la ley antilavado—, y la constancia de retenciones que el operador emite como CFDI.
Sobre el terreno, lo que se puede apostar y lo que no también tiene forma. Las apuestas deportivas están permitidas únicamente a través del permiso de la SEGOB de un permisionario. Las apuestas en vivo, los deportes virtuales, los esports y los tipos de apuesta no tienen una regla propia en los artículos del Reglamento que se revisaron: no están prohibidos ni reglamentados aparte. El “cruce de apuestas” de hipódromos, galgódromos y frontones tiene su propio carril, con una condición dura: los menores de edad nunca pueden participar, según el artículo 5. El Reglamento no menciona las bolsas de apuestas entre particulares, y aquí el aficionado no debería leer ese silencio como puerta abierta. La Lotería Nacional queda expresamente fuera del Reglamento por su artículo 1.
Legalidad, bloqueos e impuestos: lo que la fecha cambia en el momio y en el retiro
México no tiene un registro nacional de autoexclusión, ni una ley de apuestas en línea, ni un límite legal de depósito o de pérdida. Ninguna de esas ausencias es un descuido de redacción: son el estado de cosas con el que opera cualquiera, y el aficionado que espera una red de seguridad estatal en este mercado va a esperar sentado.
La ley vigente es la de 1947, y el intento de reemplazarla tampoco es ley todavía. La Secretaría de Gobernación terminó un anteproyecto para sustituirla —reportado el 13 de octubre de 2026— y lo envió al Gabinete de Seguridad; no se ha presentado. Una iniciativa que la derogaría crearía un Instituto Nacional de Juegos y Sorteos, con edad mínima de 21 años y autoexclusión, y sigue siendo una propuesta sin trámite. Nada de eso obliga a nadie hoy.
La edad mínima es el ejemplo más limpio de cómo se confunde práctica con norma. El artículo 5 del Reglamento prohíbe a los menores de edad el acceso a las áreas de apuestas de los establecimientos y su participación en el cruce de apuestas, pero no fija un número. Las marcas escriben 18 años en sus fichas y en sus pies de página, y ese 18 es lo que ellas mismas prometen, no una cifra que la ley de juegos fije. Nadie ha establecido el número estatutario; el aficionado que lo busque en el texto legal no lo va a encontrar.
En pantalla: del boleto a la transferencia
Los pagos son un desierto normativo. Ninguna ley cubre cómo se deposita en una casa de apuestas. Los métodos que se leen en las fichas y los pies de página —tarjetas, transferencia bancaria SPEI, comprobantes en efectivo en tiendas como OXXO, monederos electrónicos— son lo que cada marca dice de sí misma. Los retiros van a una cuenta a nombre del jugador, y el operador emite el CFDI de retenciones cuando el premio está gravado. Las criptomonedas en marcas con permiso declarado no quedaron establecidas.
La publicidad y los bonos tampoco tienen artículo federal en los textos revisados. Los límites de horarios de transmisión que se reportan —después de las 22:30 o entre las 06:00 y las 22:00— describen iniciativas, no ley. Las propuestas para limitar a influentes y deportistas, prohibir anuncios en transmisiones deportivas o eliminar los bonos de bienvenida no son ley. No existe una regla estatutaria sobre bonos, y lo que sí ocurrió, después del aumento del IEPS, fue que los operadores rediseñaron sus bonos de bienvenida para absorber parte del impuesto. El aficionado que hoy ve un “bono de bienvenida” más flaco que hace dos años no está imaginando cosas.
Lo que la autoridad puede hacer, y lo que ha hecho
El artículo 2 del Reglamento prohíbe lo no previsto y el artículo 8 de la ley permite clausurar establecimientos sin permiso. La Secretaría de Gobernación ha reforzado su facultad de bloquear dominios y aplicaciones sin permiso, y la base legal para bloquear sitios de apuestas más allá del bloqueo por incumplimiento fiscal de la Ley del IVA no quedó establecida. Ese hueco explica por qué cada bloqueo termina en tribunales.
La cronología es lo único honesto que se puede ofrecer aquí, y se escribe con fecha porque el estado cambia:
| Fecha | Qué ocurrió, según los reportes |
|---|---|
| 11 y 12 de noviembre de 2025 | La UIF identificó 13 casinos y congeló cuentas; bet365 y Betano, de Ganador Azteca, quedaron deshabilitadas |
| 5 de diciembre de 2025 | Un tribunal colegiado solo permitió a las aplicaciones de bet365 y Betano publicar contenido informativo lícito ajeno a las apuestas y conservar sus dominios |
| 24 de marzo de 2026 | Un juez de distrito concedió a bet365 un amparo contra el bloqueo, pero el sitio seguía inactivo ese día |
| 5 de julio de 2026 | La Dirección General de Juegos y Sorteos suspendió diez dominios de casino en línea, entre ellos betano.mx y bet365.mx |
| 23 de octubre de 2026 | Un tribunal federal reportó la suspensión de la orden de la SEGOB contra bet365 y Betano, según una sola fuente |
En todo 2026 se reportaron además alrededor de 20 cierres de casinos físicos. Ninguna de esas decisiones dice nada sobre el saldo del aficionado. Cuando un operador queda bloqueado, las cuentas de sus clientes pueden quedar congeladas, y eso no lo arregla un amparo concedido a la empresa.
Sobre el jugador, la ley es muda de una manera que conviene decir en voz alta: no está establecido que apostar en un sitio sin permiso sea delito o falta, ni que exista una exención para quien lo hace. No se afirma una sanción ni una dispensa, porque ninguna de las dos cosas está asentada. Lo que sí se puede afirmar es la comparación del artículo 137 de la Ley del ISR: cubre los premios “autorizados legalmente”, y el tratamiento de un premio obtenido en un sitio sin permiso no está establecido. Ahí la posición sensata no es una tabla sino una llamada: consulta a un contador o asesor fiscal.
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El IEPS es el punto donde el impuesto deja de ser una curiosidad de despacho. La Ley del IEPS, artículo 2, fracción II, inciso B) grava con 50 % los juegos con apuestas y los sorteos que requieren permiso conforme a la Ley Federal de Juegos y Sorteos. Se reformó en el Diario Oficial del 7 de noviembre de 2025 y entró en vigor el 1 de enero de 2026; antes era de 30 %. El mismo inciso alcanza desde el 1 de enero de 2026 a los residentes en el extranjero que ofrecen juegos con apuestas en línea sin establecimiento en México, que deben cumplir las obligaciones de la Ley del IEPS, y por incumplimiento grave la Ley del IVA —artículos 18-H BIS a 18-H QUINTUS— prevé el bloqueo temporal del servicio digital.
La base del impuesto no está establecida. El texto revisado dice solamente “valor de la actividad”; la prensa habla de “monto total apostado”. Quien le diga a usted que el 50 % se cobra sobre el total apostado, o sobre el ingreso bruto, está completando un texto que no dice eso. Las tasas estatales, en cambio, varían: la Ciudad de México grava las apuestas y Nuevo León grava los montos apostados.
Los premios son el otro lado del mismo sistema, y el régimen de retenciones es donde el aficionado siente el costo. Los artículos 137 y 138 de la Ley del ISR consideran ingreso de quien los obtiene los premios de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos autorizados legalmente. Quien paga retiene 1 % si el estado no grava el premio o si su impuesto no excede 6 %, y 21 % cuando el impuesto estatal pasa de ese 6 %. La Ciudad de México aplica 6 % estatal sobre premios, alrededor de 7 % en total, según un reporte secundario. La retención es pago definitivo solo si la persona presenta la declaración que le corresponde cuando está obligada; si no, el ingreso se acumula y la retención se acredita. Los premios mayores a $600,000 MXN al año se deben reportar en la declaración anual, siempre según ese reporte secundario.
Ahí está el costo real de una retención mal entendida: dos aficionados con el mismo premio, en el mismo año, pueden terminar debiendo cosas distintas si uno declara y el otro no. Y las propuestas de prohibir bonos de bienvenida, de limitar a influentes o de borrar los anuncios de las transmisiones deportivas siguen en el cajón. No son ley.
Prevención: qué hacer cuando la casa no te va a frenar
Un operador offshore no tiene incentivo para cerrarle la cuenta, y no habrá autoridad mexicana que lo obligue. Todo el frenado queda del lado del aficionado, y eso es trabajo, no un trámite.
Lo que una marca con permiso sí trae, y lo que no
La comparación honesta, sin adornos: una casa con permiso en México ofrece establecimiento legal mexicano, permiso de la SEGOB, controles de identidad y contra el lavado de dinero y constancia de retenciones. Un sitio sin permiso no ofrece nada de eso, y sus saldos pueden quedar congelados si el operador es bloqueado. Lo que ninguna de las dos ofrece es un registro nacional de autoexclusión, porque ese registro no existe en ningún caso. Quien crea que se está autoexcluyendo de “todas las casas de apuestas del país” al apretar un botón no está cerrando todas: está cerrando una.
Las herramientas voluntarias que las marcas listan en sus propias fichas son descansos, límites de depósito y autoexclusión interna. Son reales, son útiles y son locales. Si mañana el aficionado quiere cambiar de casa, el límite se queda donde estaba, con la casa anterior.
Un límite que sí se puede usar en una hoja de cálculo
La siguiente estimación es un ejercicio, no una cotización. Se toma un límite semanal que el propio jugador se pone —$500 MXN apostados una vez a la semana— y un mercado ilustrativo a dos vías con momios decimales de 1.90 y 1.90. Ese mercado no es un precio de ninguna casa: es el ejemplo que mucha gente tiene en la cabeza cuando piensa en un “casi seguro”. Su payout es de 1 ÷ (1/1.90 + 1/1.90) = 0.95, es decir 95 %, y por lo tanto el margen es de 5 %. Con un ingreso de $500 MXN cargando ese 5 % cada semana, el costo esperado es de $25 MXN a la semana, unos $108 MXN a lo largo de 52 semanas. Con un margen de 8 % —habitual en un parlay de tres o cuatro patas, y también un supuesto, no una cifra medida— el costo semanal sube a $40 MXN y el anual a $2,080 MXN. La conclusión es la del ejercicio y no más: eso es lo que este tipo de apuesta deja sobre la mesa a la semana, como promedio de muchas apuestas y bajo esos supuestos, y no lo que va a ganar o dejar de ganar cualquiera de ellas.
Dos cuentas más redondean el cuadro. Un boleto de $500 MXN a momio decimal 1.90 devuelve $950 MXN si acierta, con $450 MXN de utilidad neta. Si ese mismo dinero se reparte en una combinada en la que los momios de las patas se multiplican, la utilidad también crece —y el margen la sigue, en la misma dirección. El promedio de 5 % de la primera estimación y el de 8 % de la segunda son órdenes de magnitud, ilustrativos, no medidas de un mercado concreto en una casa concreta. Pero la dirección del viaje no es un supuesto: subir el margen sube el costo, y el costo se paga en el mismo boleto, sin factura y sin que nadie tenga que retener nada.
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El otro riesgo tiene fecha y número. Los días 11 y 12 de noviembre de 2025 la UIF identificó 13 casinos y congeló cuentas. No fue un aviso: fue un congelamiento. Un aficionado que tuviera saldo en una de esas plataformas lo descubrió al no poder retirarlo, y el amparo que un juez le concedió a la empresa en marzo de 2026 no era un amparo para reintegrarle su dinero. Ese es el costo específico de un sitio sin permiso mexicano: el día que la autoridad actúa, no hay a quién reclamarle por la vía del consumidor en México ni un permisionario identificable detrás.

Lo que se puede hacer, sin dramatizar, es armar el freno antes de necesitarlo. Poner el límite semanal dentro del sistema de la propia casa, no solo en la memoria. Fijar un tope de depósito y de pérdida al abrir la cuenta, cuando el aficionado todavía está pensando con la cabeza fría. Guardar el número de permiso del sitio —el que aparece en el pie de página— junto al nombre del titular, para saber con quién discute si algo se rompe. Y no confundir “no me ha pasado nada” con “no puede pasar”: el bloqueo de noviembre de 2025 llegó sin aviso previo a los clientes.
Para el dinero problemático, la palanca tiene nombres cortos. La Lotería Nacional administra el programa de “Juego responsable” y el centro de atención telefónica Juega Bien, y la Comisión Nacional contra las Adicciones atiende a través del 800 911 2000. El aficionado que apuesta con dinero prestado, que persigue la pérdida o que apuesta a escondidas de su familia tiene ahí un punto de partida, y ninguna de esas líneas cobra por atenderlo.
Hay una última línea que no se cierra del todo, y conviene que el lector la lea entera antes de verla aplicada a marcas concretas. El registro de los sitios autorizados que la Dirección General de Juegos y Sorteos debería publicar es una lista de permisionarios y de dominios que la autoridad declara autorizados. Está citada, no se pudo abrir y el Congreso pidió entre mayo y julio de 2026 que se vuelva un registro público abierto. Quien puede abrirla, puede hacer en cinco minutos la verificación que ninguna tabla reconstruida puede hacer por él.
Las nueve marcas con permiso de la SEGOB, una por una
Las fichas de esta sección siguen el orden en que fueron enumeradas arriba. La regla es la misma para todas: los números salen del pie de página de la marca o de una compilación que cita a la Dirección General de Juegos y Sorteos, van siempre con su “según…, no confirmado oficialmente”, y el permiso se llama permiso, nunca licencia. Las marcas bloqueadas o suspendidas —bet365.mx y Betano, de Ganador Azteca, bloqueadas desde noviembre de 2025 con resoluciones judiciales inestables— no aparecen aquí como fichas activas, y una marca que falte de esta lista no queda por eso sin permiso.
Novibet: el permiso viene con nombre y apellido
Novibet declara el permiso SEGOB DGJS/DCRCA/1121/2020, con Comercial de Juegos de la Frontera S.A. de C.V. como titular, según casasdeapuestaslegales.mx. La confirmación oficial no existe, porque la lista de la Dirección General de Juegos y Sorteos no pudo abrirse. Ese nombre largo no es un detalle burocrático: es lo que sirve para saber quién responde, ya que el artículo 31 del Reglamento impide ceder o comercializar el permiso. Comercial de Juegos de la Frontera opera el permiso; la marca es la cara.
Sobre la oferta deportiva, las fuentes consultadas no tienen una línea propia para esta marca. Para el aficionado que compara, eso significa que su decisión se apoya en el permiso declarado y en lo que ve al abrir el sitio, no en una descripción de terceros. Vale la pena hacer la prueba: revisar la profundidad de mercados de hándicap o de “más/menos” en un partido de liga el mismo día en las tres o cuatro casas que esté considerando. Es el uso más rentable que le puede dar a media hora.
Lo que decide esta ficha es el titular. Un permisionario identificable detrás de la marca es la única cadena que llega hasta alguien a quien se le puede exigir cuentas: cuentas auditadas, seguro, fianza y reportes de operaciones sospechosas según el artículo 29 del Reglamento. Sin ese nombre en el pie de página, la cadena no existe.
1xBet: el permiso y la aplicación no dicen quién es quién
1xBet declara el permiso SEGOB DGJS/0002/2020, con Entretenimientos Naturales como titular, según un comparador de apuestas. Esa misma fuente no pudo confirmar el dominio 1xbet.mx ni la lista oficial. Y hay un detalle que no cuadra: la ficha de la App Store registra la aplicación a nombre de 1XCorp N.V., una empresa distinta de la titular citada. No es una acusación de nada, es una discrepancia documentada, y una discrepancia documentada en el punto donde el aficionado decide en quién confía.
La consecuencia práctica es concreta. Si el permiso es de una empresa y la aplicación pertenece a otra, el aficionado que busque reclamar por un retiro tiene que averiguar primero a cuál de las dos le compró. Ese trámite no lo hace nadie por él.
Para esta marca, la información oficial es limitada. Quien quiera compararla debe revisar el sitio directamente, verificando que el dominio coincida con el pie de página para asegurar la autenticidad de la plataforma.
La discrepancia entre el titular del permiso y la empresa de la aplicación es, por sí sola, la razón para pedir la factura del proceso antes de depositar. Y si la respuesta a “¿quién es el titular?” cambia según a quién se le pregunte, esa respuesta es el dato del que hay que desconfiar.
Betcris: un permiso compartido que conviene entender bien
Betcris tiene el caso más instructivo de toda la lista. Su pie de página muestra un permiso de la SEGOB a nombre de Producciones Móviles, S.A. de C.V., que opera junto con Paradise Riviera Gaming, S.A. de C.V. según el oficio DGJS/405/2018. Este es el único caso en que la información sale del propio operador y no de una compilación. Y el número que otra compilación atribuye a Pickwin es exactamente el que este pie de página muestra para Producciones Móviles. La misma empresa bajo dos marcas.
Su ficha también incluye un dato que vale la pena leer con atención: la empresa del sitio es TV Global Enterprises Ltd., con licencia de la Autoridad de Juegos de Malta MGA/B2C/300/2008, vigente del 1 de agosto de 2018 al 3 de noviembre de 2026. Esa licencia no es un permiso mexicano, y no lo sustituye. Es un dato sobre quién opera la plataforma, no sobre la protección que el aficionado tiene en México. Confundir las dos cosas es el error más frecuente de este mercado: una licencia extranjera no abre tribunales mexicanos, ni genera la retención del ISR, ni obliga a nadie a contestarle a la Procuraduría Federal del Consumidor.
En el pie de página Betcris también declara que los juegos con apuestas están estrictamente prohibidos para menores de edad, que enlaza una sección de juego responsable y que el servicio no se promociona a menores de 18 años. Es una declaración de la marca sobre sí misma, y como tal se lee.
Betcris es la marca que mejor enseña la lección del artículo 31. Un permisionario puede amparar varias marcas, el permiso no se transfiere y el nombre que importa es el del titular. Para el aficionado que valora saber a quién le está comprando, esa claridad juega a favor de la casa.
Caliente: el permiso está en el pie de página, no en un comparador
Caliente muestra el permiso SEGOB DGG/SP/404/97 en el pie de página de su propio sitio, con Tecnología en Entretenimiento Caliplay, S.A.P.I. de C.V. como operadora del sitio. Es una de las dos marcas de esta lista cuyo número sale de su propia página y no de una compilación. Eso lo hace verificable de inmediato por cualquier lector: entra, baja hasta el pie y lo ve.
Su pie de página indica además que los juegos con apuestas están prohibidos para menores de edad, pide divertirse con responsabilidad y enlaza una sección de juego responsable. Son tres cosas pequeñas y son exactamente las que después nadie recuerda haber leído.
Para esta marca no hay información detallada disponible. El aficionado debe consultar el programa de apuestas directamente para comparar momios y eventos.
Una marca que pone el número de permiso donde el lector lo puede comprobar sin intermediarios ahorra el paso más caro del proceso. Eso no la vuelve automáticamente mejor en el mercado —el margen de un mercado concreto sigue siendo otra cosa—, pero sí le quita al aficionado una capa de duda antes de depositar.
Codere: dos permisos, una marca y una aplicación que sí lo dice
Codere declara los permisos SEGOB DGJS/1018/2015 y DGJS/234/2019, con Libros Foráneos S.A. de C.V. como titular, según un comparador de apuestas. Otra fuente a la que acudió la página, al pie de esta ficha, es su propia ficha de aplicación: ahí Codere afirma que opera con permiso de la SEGOB, limita el uso a mayores de 18 años, incluye avisos de juego responsable y tiene políticas de cierre de cuenta.
Esa ficha es el ejemplo más limpio de algo que vale la pena decir. El 18 años lo dice la marca, no la ley: el artículo 5 del Reglamento prohíbe a los menores el acceso a las áreas de apuestas y su participación en el cruce de apuestas, sin fijar un número. La autoridad todavía no ha escrito la cifra. Que una marca la escriba en su propia ficha es una promesa comercial, no una obligación legal mexicana.
No hay una descripción específica de la oferta deportiva en las fuentes consultadas. Se recomienda consultar directamente el programa de apuestas en el sitio.
Lo que distingue esta ficha es dónde vive la información. Entre las nueve marcas, esta es la única en la que una fuente propia confirma el permiso y las condiciones de uso, y eso incluye una política de cierre de cuenta que es precisamente lo que un aficionado con problemas de control quiere saber que existe antes de necesitarla.
Playdoit: un permiso antiguo y un titular distinto de la marca
Playdoit declara el permiso SEGOB DGAJS/SCEVF/P-02/2005, con Eventos Festivos de México como titular, según casasdeapuestaslegales.mx. El número es de la familia DGAJS/SCEVF, la misma que el permiso de Betcris, y su antigüedad es una pista sobre cómo se construyó este mercado: los permisos actuales vienen de estructuras de permisos de hace dos décadas.
La oferta deportiva no está detallada en las fuentes revisadas, por lo que el aficionado deberá verificar los mercados y herramientas directamente en la plataforma.
Lo que está en juego, una vez más, es el nombre del titular. Eventos Festivos de México no es Playdoit, y el permiso ampara a la empresa. El artículo 31 del Reglamento impide cederlo o comercializarlo.
La verificación que esta ficha deja pendiente es la única que importa: abrir el pie de página del sitio, comparar el número con el que aparece en la compilación y comprobar que el titular que se nombra coincide con el que responde en el momento de un retiro.
Strendus: tres números, un titular discutido y una lección sobre las compilaciones
Strendus declara los permisos SEGOB DGJS/075/2018, DGJS/2801/2021 y DGJS/DCRCA/2321/2021, según casasdeapuestaslegales.mx. Pero las compilaciones difieren sobre el titular: una nombra a Atracciones y Emociones Vallarta y otra a New Ads. Cuando el nombre del titular no coincide entre fuentes que se citan entre sí, lo que falla no es el dato particular, es el método: nadie está mirando el documento original.
Strendus es el caso que mejor expone el problema del mercado. Tres números de permiso declarados, dos candidatos a titular y ninguna confirmación oficial a la vista. El aficionado que quiera resolverlo tiene un camino: el pie de página del propio sitio.
Sobre la oferta deportiva, las fuentes consultadas no traen una línea propia para esta marca. Otra vez, el programa de apuestas es el único documento que sirve.
La conclusión aquí no es dudar de Strendus. Es dudar de los números que circulan sin fuente primaria, incluidos los de esta tabla, que por eso llevan su “según…, no confirmado oficialmente” pegado a cada celda.
Pickwin: el número que aparece también en otro pie de página
Pickwin es la marca que más claro deja por qué esta sección no puede prescindir de los titulares. Una compilación le atribuye el permiso DGAJS/SCEVF/P-06/2005-TER, y otra dice DGJS/DCRCA/1584/2019; el titular citado es Producciones Móviles S.A. de C.V. con Unocapali La Paz Operadora, según blog.pickwin.mx y un comparador de apuestas. Los números se contradicen. Por eso aquí no se imprime ninguno de los dos: el detalle está en la primera tabla, junto con el aviso de que eso es lo que dicen las fuentes.
Y el cruce con Betcris es el que hace la diferencia. El número DGAJS/SCEVF/P-06/2005-TER que una compilación atribuye a Pickwin es exactamente el que el pie de página de Betcris muestra a nombre de Producciones Móviles, S.A. de C.V. Las dos marcas apuntan al mismo permisionario. Eso no es una irregularidad en sí: es la práctica reportada de que un permisionario opere varias marcas.
Sobre la oferta deportiva, las fuentes consultadas no traen una línea propia: ni mercados, ni condiciones, ni herramientas. Lo que sí traen es el dato del titular compartido, y eso el aficionado podría comprobarlo por sí mismo abriendo los dos pies de página al mismo tiempo.
Con dos dominios distintos y números de permiso que se contradicen, esta es la marca donde el aficionado tiene más razones para no resolver la pregunta por su cuenta. Si el permiso se comparte y el número no cuadra, la pregunta que responde por todo lo demás es una sola: ¿a qué empresa le estoy ingresando el dinero?
Betway: el permiso corto de una marca grande
Betway declara el permiso SEGOB 4184, con Espectáculos Deportivos Frontón México S.A. de C.V. como titular, según casasdeapuestaslegales.mx. El número es llamativamente corto para la antigüedad que sugiere: es de la familia de permisos de frontón, uno de los giros que el Reglamento menciona expresamente y desde el cual se pueden obtener permisos complementarios para apuestas remotas.
Que un permiso de frontón sostenga una marca deportiva no es un tecnicismo: es la estructura del mercado mexicano. El permiso presencial viene primero, las apuestas remotas se cuelgan de él.
Sobre la oferta deportiva, las fuentes consultadas no traen una línea propia para esta marca. El aficionado que quiera comparar hándicaps, mercados de “más/menos” o momios de un partido tendrá que ver el programa.
Lo que esta ficha deja es el dato práctico del titular corto: Espectáculos Deportivos Frontón México S.A. de C.V. es el nombre que un lector puede buscar en su propio pie de página y en el sistema de la autoridad, sin ayuda de ningún comparador. Es poco glamoroso y es exactamente lo que se busca.
Preguntas frecuentes sobre las apuestas deportivas internacionales
¿Qué pasa si la casa de apuestas no tiene permiso mexicano?
El aficionado queda sin establecimiento legal mexicano, sin permiso de la SEGOB, sin los controles de identidad y contra el lavado de dinero de un permisionario y sin constancia de retenciones, según la comparación que hace el propio fisco mexicano. Sus saldos también pueden quedar congelados: en noviembre de 2025 la UIF congeló cuentas de 13 casinos.
¿Cómo se comprueba si una marca opera con permiso de la Secretaría de Gobernación?
Abriendo el pie de página del propio sitio y buscando el número del permiso con el nombre de la empresa titular. Después hay que comparar ese nombre con el que aparece en el aviso de privacidad. La lista pública de la Dirección General de Juegos y Sorteos sería el atajo, pero no está disponible en este momento.
¿Existe un registro nacional de autoexclusión en México?
No existe, ni para la casa con permiso ni para la que no lo tiene. Lo que ofrecen las marcas son herramientas internas: descansos, límites de depósito y autoexclusión de su propia plataforma. El aficionado que quiera cerrar varias cuentas al mismo tiempo tiene que hacerlo una por una, en cada una.
¿Cómo se fija un límite de depósito o de pérdida en una casa de apuestas?
Dentro de la cuenta, en la sección de juego responsable, que las marcas listan en sus fichas y pies de página. Lo recomendable es fijarlo al abrir la cuenta, antes del primer depósito. Un límite así no viaja: si el aficionado cambia de casa, se queda donde estaba y hay que volver a fijarlo.
¿Quién retiene el impuesto de un premio y cuánto es?
El operador que paga el premio, conforme a los artículos 137 y 138 de la Ley del ISR: retiene 1 % si el estado no grava el premio o su impuesto no excede 6 %, y 21 % cuando ese impuesto lo supera. La retención es definitiva solo si el aficionado presenta su declaración anual cuando está obligado.
¿Dónde se busca ayuda si apostar se vuelve un problema?
En el programa de Juego responsable de la Lotería Nacional y en la línea Juega Bien, y en el 800 911 2000 de la Comisión Nacional contra las Adicciones. La atención no tiene costo. Las marcas también enlazan secciones de juego responsable, pero ninguna de ellas sustituye a una línea de ayuda externa.
Escrito por los editores de «Guiademomios».
